A/HRC/RES/55/28
Muy preocupado porque la prolongada situación de impunidad por las vulneraciones
del derecho internacional ha permitido la repetición de importantes violaciones y graves
incumplimientos sin que se produzcan consecuencias, y destacando la necesidad de que los
responsables de todas las vulneraciones del derecho internacional humanitario y el derecho
internacional de los derechos humanos rindan cuentas para poder poner fin a la impunidad,
asegurar el acceso de las víctimas a la justicia y a recursos efectivos, disuadir de nuevas
violaciones, proteger a los civiles y promover la paz,
Expresando gran preocupación por las informaciones que apuntan a la comisión de
importantes violaciones de los derechos humanos y graves vulneraciones del derecho
internacional humanitario, entre ellas posibles crímenes de guerra y crímenes de lesa
humanidad en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, por todas las
demás medidas que tienen por objeto alterar el estatus jurídico, el carácter geográfico y la
composición demográfica del Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y
por el hecho de que la Corte Internacional de Justicia determinara el 26 de enero de 2024 que
existe un riesgo plausible de genocidio;
Deplorando las graves consecuencias del conflicto en la Franja de Gaza y sus
alrededores, como el elevado número de bajas, en particular entre los civiles palestinos,
incluidos lactantes, niños, mujeres, jóvenes, actores de la sociedad civil, abogados,
periodistas y otros trabajadores de los medios de comunicación, personal médico,
humanitario y el mayor número de miembros del personal de las Naciones Unidas muertos
en cualquier parte del mundo durante un conflicto, así como las vulneraciones del derecho
internacional que se están produciendo, y pidiendo que se respeten plenamente el derecho
internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos y los principios
de legalidad, distinción, precaución y proporcionalidad,
Consternado por la catastrófica situación humanitaria, socioeconómica y de la
seguridad en la Franja de Gaza resultante de las repetidas operaciones militares, los cierres
prolongados y los graves impedimentos económicos y restricciones a la circulación, incluso
para el acceso humanitario, que equivalen a un castigo colectivo en forma de bloqueo, así
como la práctica de hacer pasar hambre como método de guerra, que ha provocado hambruna,
y la obstrucción de suministros indispensables para la supervivencia de la población civil, la
destrucción generalizada e injustificada de zonas residenciales e infraestructuras civiles
críticas, como campamentos de refugiados, instalaciones de las Naciones Unidas,
instituciones educativas, instalaciones médicas, redes de agua, saneamiento y
telecomunicaciones y suministros de combustible por parte de Israel, la Potencia ocupante, y
las consecuencias perjudiciales a corto y largo plazo de esa situación sobre los derechos
humanos,
Expresando gran preocupación por el lanzamiento de cohetes hacia Israel,
Destacando la necesidad de poner fin de inmediato al cierre de la Franja de Gaza y a
todas las políticas y prácticas por parte de Israel, que contravienen el derecho internacional,
incluidas sus obligaciones como Potencia ocupante en virtud del derecho internacional
humanitario,
Destacando también la necesidad de poner fin a la política israelí de cierres y la
imposición de fuertes restricciones y de puestos de control, varios de los cuales se han
convertido en estructuras semejantes a puestos de control fronterizos permanentes, de otros
obstáculos físicos y de un régimen de permisos, que se aplican de una manera discriminatoria,
que afecta únicamente a la población palestina, todo lo cual obstaculiza la libertad de
circulación de personas y mercancías, incluidos los suministros médicos y humanitarios, por
todo el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y menoscaba la contigüidad
del Territorio, en violación de los derechos humanos del pueblo palestino,
Destacando además la necesidad de que todas las partes, de conformidad con las
disposiciones pertinentes del derecho internacional humanitario, cooperen plenamente con
las Naciones Unidas y otros organismos y organizaciones de asistencia humanitaria, permitan
el acceso humanitario pleno, oportuno, incondicional, sin trabas y en condiciones de
seguridad, y garanticen el acceso del personal humanitario, así como la entrega de
suministros y equipo, para que dicho personal pueda desempeñar con eficiencia su tarea de
prestar asistencia a la población civil afectada, incluidos los refugiados y los desplazados
GE.24-06818
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