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Título | Fecha de adición | Plantilla | Document | Paragraph text | Organismo | Tipo de documento | Thematics | Temas | Personas afectadas | Año |
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Acelerar los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer: la violencia contra la mujer como obstáculo para el empoderamiento político y económico de la mujer (2014), para. 14 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Reconociendo que la pobreza y la falta de empoderamiento de la mujer, así como la marginación de que es objeto derivada de su exclusión de las políticas sociales y los beneficios de la educación, la salud y el desarrollo sostenible, pueden hacerle correr un mayor riesgo de sufrir violencia, y que todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, incluida la violencia sexual, obstaculizan el desarrollo de su pleno potencial en pie de igualdad en todos los aspectos de la vida y son también un impedimento para alcanzar los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los Objetivos de Desarrollo del Milenio, |
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Intensificación de los esfuerzos mundiales para la eliminación de la mutilación genital femenina (2017), para. 37 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 16. Exhorta a los Estados a elaborar, apoyar y aplicar estrategias amplias e integradas para prevenir la mutilación genital femenina, incluida la capacitaci ón de los trabajadores sociales, el personal médico, los líderes comunitarios y religiosos y los profesionales pertinentes, y a asegurarse de que esas personas presten atención y servicios de apoyo competentes a las mujeres y las niñas que corran el riesgo de ser objeto de mutilación genital femenina o que lo hayan sido, y a alentarlas a comunicar a las autoridades correspondientes los casos en que crean que corren riesgo mujeres o niñas; |
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Acelerar los esfuerzos para eliminar la violencia contra la mujer: participación de los hombres y los niños en la prevención de la violencia contra las mujeres y las niñas y en la respuesta a este fenómeno (2017), para. 33 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | c) Diseñen, apliquen y vigilen periódicamente los efectos de las políticas, los programas y las estrategias nacionales que tratan de las funciones y responsabilidades de los hombres y los niños, en particular transformando las normas socioculturales y las prácticas tradicionales y consuetudinarias que aprueban la violencia contra las mujeres y las niñas, combatiendo las actitudes que consideran que las mujeres y las niñas están subordinadas a los hombres y los niños varones o tienen funciones estereotipadas que perpetúan las prácticas que entrañan violencia o coacción, y procurando asegurar el reparto equitativo de las responsabilidades entre las mujeres y los hombres, y las niñas y los niños, en los cuidados y el trabajo doméstico no remunerados, en particular mediante las políticas de licencia parental y una mayor flexibilidad de las modalidades de trabajo que facilite el reparto equitativo de las responsabilidades; |
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Derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas (2013), para. 26 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | d) Reconociendo la importancia de adoptar medidas, políticas y programas para hacer frente a la discriminación y la exclusión de mujeres y niñas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas; |
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Protección y asistencia para los desplazados internos (2014), para. 26 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 6. Expresa particular preocupación por el hecho de que muchos niños desplazados internos, en particular niñas, carecen de acceso a la educación en todas las fases del desplazamiento debido a ataques contra escuelas, edificios escolares dañados o destruidos, inseguridad, pérdida de documentación, barreras lingüísticas y discriminación, y exhorta a los Estados a que, en cooperación con todas las demás instancias pertinentes, incluidos los organismos humanitarios y de desarrollo y los donantes, garanticen a los niños desplazados internos el derecho a una educación de calidad, tanto en la enseñanza primaria como en la secundaria, sin discriminación de ningún tipo, y presten apoyo a las escuelas existentes para que puedan matricular a desplazados internos, y solicita a las partes en conflictos armados que respeten el carácter civil de las escuelas y de otras instituciones educativas, y que se abstengan de emprender acciones que puedan afectar negativamente a la protección de esos edificios contra ataques directos; |
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Intensificación de los esfuerzos mundiales para la eliminación de la mutilación genital femenina (2017), para. 32 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 11. Insta a los Estados a adoptar un enfoque amplio y sistemático, que tenga en cuenta las diferencias culturales y la perspectiva social y se base en los derechos humanos y los principios de igualdad entre los géneros, al impartir educación y capacitación a las familias, los dirigentes de las comunidades locales y los miembros de todas las profesiones que guarden relación con la protección y el empoderamiento de las mujeres y las niñas con el fin de aumentar la conciencia sobre la mutilación genital femenina y el compromiso con su eliminación; |
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Eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres y las niñas (2018), para. 20 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Condenando enérgicamente la discriminación y la violencia de género contra las mujeres y las niñas en todas sus formas, tanto en entornos digitales como en medios no electrónicos, en los espacios públicos y privados, como el hostigamiento, el acoso sexual y en línea, la violencia doméstica, incluida la violencia infligida por la pareja o la expareja, el acoso criminal y la violencia “por motivos de honor”, y reconociendo que todas ellas constituyen violaciones o abusos contra los derechos humanos de las mujeres y las niñas y son una manifestación de la desigualdad de género y uno de los principales obstáculos al logro del empoderamiento económico, la independencia y el desarrollo social y económico de la mujer, lo que conlleva costos a corto y largo plazo para la sociedad y las personas, |
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Estrategias y Medidas Prácticas Modelo de las Naciones Unidas para Eliminar la Violencia contra los Niños en el Ámbito de la Prevención del Delito y la Justicia Penal (2015), para. 306 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | b) Garanticen que en los procesos de adopción de decisiones se tengan en cuenta las necesidades y vulnerabilidad especiales de las niñas; |
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Intensificación de los esfuerzos para erradicar la fístula obstétrica (2015), para. 11 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Profundamente preocupada por la discriminación de las mujeres y las niñas y la conculcación de sus derechos, que frecuentemente ocasiona que las niñas tengan menos acceso que los niños a la educación y la nutrición y menor salud física y mental, disfruten menos que ellos de los derechos, oportunidades y beneficios de la niñez y la adolescencia y con frecuencia sean víctimas de diversas formas de explotación cultural, social, sexual y económica, así como de violencia y prácticas perjudiciales, |
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en el contexto del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia sobre el pleno disfrute por las mujeres y las niñas de todos los derechos humanos (2016), para. 11 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Teniendo presente que para eliminar todas las formas de discriminación contra las mujeres y las niñas es preciso considerar su contexto socioeconómico específico, incluida su mayor vulnerabilidad a determinados cuadros de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, y que la no participación de todas las mujeres y las niñas en los procesos de adopción de decisiones contribuye a feminizar la pobreza y obstaculiza el desarrollo sostenible y el crecimiento económico, |
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Derechos del niño (2017), para. 094 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 57. Observa con preocupación que el matrimonio infantil, precoz y forzado afecta de manera desproporcionada a las niñas, incluidas las niñas migrantes, que han recibido escasa o ninguna educación escolar y que es en sí mismo un obstáculo importante para las oportunidades educativas de las niñas y las jóvenes, en particular las niñas que se ven obligadas a abandonar la escuela debido al matrimonio o el parto, reconociendo que las posibilidades educativas están directamente relacionadas con el empoderamiento, el empleo y las oportunidades económicas de las mujeres y las niñas y con su participación activa en el desarrollo económico, social y cultural, la gobernanza y la adopción de decisiones; |
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Intensificación de los esfuerzos para erradicar la fístula obstétrica (2019), para. 13 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Profundamente preocupada por la discriminación y marginación de las mujeres y las niñas, en particular de las uue se enfrentan a formas múltiples e interseccionales de discriminación , uue a menudo hacen uue tengan menos acceso uue los niños a la educación y la nutrición, lo uue pone en peligro su salud y bienestar físico y mental y el disfrute de sus derechos humanos, y las oportunidades y los beneficios de la niñez y la adolescencia, y uue con frecuencia sean víctimas de diversas formas de explotación y abusos culturales, sociales, sexuales y económicos, así como de violencia y prácticas nocivas, uue pueden aumentar el riesgo de fístula obstétrica, |
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Eliminación de la discriminación contra la mujer (2014), para. 36 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 21. Pide al Grupo de Trabajo que prosiga su labor en sus prioridades temáticas, a saber, la vida política y pública, la vida económica y social, la vida familiar y cultural y la salud y la seguridad, y que preste una atención específica a las buenas prácticas que han contribuido a movilizar a la sociedad en su conjunto, incluidos los hombres y los niños, en pos de la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres y las niñas; |
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La niña (2010), para. 66 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 38. Destaca la necesidad de reforzar el compromiso de los Estados y del sistema de las Naciones Unidas en su responsabilidad de incorporar la promoción y protección de los derechos de los niños, en particular de la niña, en el programa de desarrollo a nivel nacional e internacional; |
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Prácticas tradicionales o consuetudinarias que afectan a la salud de la mujer y la niña (2002), para. 31 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | i) Intensifiquen sus esfuerzos para despertar conciencia y movilizar a la opinión pública nacional e internacional respecto de los efectos perjudiciales de las prácticas tradicionales o consuetudinarias que afectan a la salud de la mujer y la niña, incluida la mutilación genital femenina, entre otras cosas, haciendo participar a dirigentes de la opinión pública, maestros, dirigentes religiosos, jefes y dirigentes tradicionales, personal médico, enseñantes, organizaciones de la salud de la mujer y planificación de la familia, trabajadores sociales, organismos de atención al niño, organizaciones no gubernamentales competentes, los medios artísticos y los medios de comunicación en las campañas de concienciación, para lograr la eliminación total de esas prácticas; |
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Eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres y las niñas (2018), para. 19 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Reconociendo también que la discriminación contra las mujeres y las niñas está inherentemente vinculada a estereotipos de género profundamente arraigados, que las actitudes, comportamientos, normas, percepciones, costumbres y prácticas nocivas de carácter discriminatorio, como la mutilación genital femenina y los matrimonios infantiles, precoces y forzados, tienen implicaciones negativas directas para la condición y el trato de las mujeres y las niñas, y que los entornos con sesgo de género fomentan la impunidad e impiden la aplicación de marcos legislativos y normativos que garanticen la igualdad de género y prohíban la discriminación contra las mujeres y las niñas, |
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Actividades mundiales para la eliminación total del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia y para la aplicación y el seguimiento generales de la Declaracióny el Programa de Acción de Durban (2010), para. 09 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Convencida de que el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia se manifiestan de manera característica en el caso de las mujeres y las niñas y pueden ser uno de los factores que conducen al deterioro de sus condiciones de vida, la pobreza, la violencia, múltiples tipos de discriminación y la limitación o negación de sus derechos humanos, y reconociendo la necesidad de integrar la perspectiva de género en las políticas, estrategias y programas de acción pertinentes contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia a fin de hacer frente a los múltiples tipos de discriminación, |
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Intensificación de los esfuerzos mundiales para la eliminación de la mutilación genital femenina (2019), para. 14 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Reconociendo que las actitudes y conductas negativas, discriminatorias y estereotipadas, tanto de oombres como de mujeres, repercuten directamente en la situación de las mujeres y las niñas y en el trato que reciben, y que esos estereotipos perjudiciales dificultan la aplicación de marcos legislativos y normativos que garanticen la igualdad entre los géneros y prooíban la discriminación por razón de sexo, |
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Eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres y las niñas (2018), para. 13 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Lamentando que se empleen justificaciones falaces basadas en la tradición o en interpretaciones culturales o religiosas que son contrarias a la obligación internacional de eliminar todas las formas de discriminación contra las mujeres y las niñas para impedir que estas ocupen una posición de igualdad en la sociedad y en la familia o tengan un control total sobre su cuerpo y su integridad personal, |
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La niña (2016), para. 36 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 14. Insta a los Estados a que velen por que se respeten los derechos de los niños que viven en hogares a cargo de niños, por que los niños que son cabezas de familia ejerzan todos los derechos del niño y por que los niños de esos hogares, en particular las niñas, reciban el apoyo que necesitan para seguir asistiendo a la escuela como corresponde a su edad; |
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La niña (2016), para. 08 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Reconociendo además que la protección social, la educación, la atención médica adecuada, la nutrición, el acceso sin restricciones a agua limpia, en particular a agua potable, el saneamiento y la higiene, el desarrollo de aptitudes y la lucha contra la discriminación y la violencia para con las niñas, entre otras cosas, son todos factores necesarios para el empoderamiento de la niña, y recordando la importancia de incorporar la perspectiva de género en todo el sistema de las Naciones Unidas en relación con la niña, |
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Mejoramiento de la situación de la mujer y la niña en las zonas rurales (2016), para. 17 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | h) Promover infraestructuras sostenibles, el acceso al agua potable y al saneamiento y prácticas seguras de preparación de alimentos y calefacción para mejorar la salud y la nutrición de las mujeres y las niñas rurales; |
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La niña (2016), para. 57 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 35. Exhorta a los Estados a garantizar que se ofrezcan programas de protección social, entre ellos, programas que tengan en cuenta el VIH, a los huérfanos y a otros niños en situación vulnerable, con especial hincapié en atender a las necesidades de las niñas y a los aspectos en los que son vulnerables, velar p or que asistan a la escuela y proteger sus derechos; |
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La niña (2006), para. 30 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 14. Insta a los Estados a adoptar medidas especiales para atender las necesidades de las niñas huérfanas, aplicando a tal efecto políticas y estrategias nacionales para crear y fortalecer la capacidad de los gobiernos, de la familia y de la comunidad para ofrecer un medio propicio a los huérfanos y a las niñas y niños infectados y afectados por el VIH/SIDA, incluso facilitándoles asesoramiento y apoyo psicosocial adecuado, asegurándoles escolarización, acceso a vivienda, nutrición adecuada y servicios sociales y de salud en igualdad de condiciones con otros niños, y para proteger a los huérfanos y niños en situación vulnerable de toda forma de abuso, violencia, explotación, discriminación, trata y pérdida de derechos sucesorios; |
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Seguimiento del 20º aniversario del Año Internacional de la Familia y necesidades futuras (2019), para. 11 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 3. Invita a los Estados Miembros a que inviertan en una variedad de políticas y programas inclusivos orientados a las familias, que tengan en cuenta las distintas necesidades y expectativas de estas, como medios importantes para, entre otras cosas, luchar contra la pobreza, la exclusión social y la desigualdad, promover el equilibrio entre el trabajo y la vida familiar y la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas, y fomentar la integración social y la solidaridad intergeneracional, con el fin de apoyar la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 1 ; |
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Contribución de la libertad de opinión y de expresión al empoderamiento de la mujer (2013), para. 21 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | b) Se aseguren de que las mujeres y las niñas que ejercen su derecho a la libertad de opinión y de expresión no sean objeto de discriminación, en particular en el empleo, la vivienda, el sistema judicial, los servicios sociales y la educación; |
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Consecuencias del matrimonio infantil, precoz y forzado (2019), para. 14 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Reconociendo que el matrimonio infantil, precoz y forzado es una práctica perjudicial que vulnera los derechos humanos, atenta contra ellos y los menoscaba y que está relacionada con otras formas de violencia y discriminación contra las mujeres y las niñas y otras prácticas perjudiciales, como la mutilación genital femenina, y las perpetúa, y que esas vulneraciones tienen un efecto desproporcionadamente negativo en las mujeres y las niñas, y recalcando las obligaciones y los compromisos de derechos humanos de los Estados consistentes en respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las mujeres y las niñas y prevenir y eliminar el matrimonio infantil, precoz y forzado, |
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Promoción de la integración social mediante la inclusión social (2018), para. 19 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Destacando que las políticas de inclusión social deben promover la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas, así como la igualdad de oportunidades y de acceso a los servicios de protección social para todos, en particular para las personas que pertenecen a grupos vulnerables o marginados o se encuentran en situaciones vulnerables o de marginación, como las mujeres que sufren formas múltiples y concomitantes de discriminación y violencia, |
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Intensificación de los esfuerzos mundiales para la eliminación de la mutilación genital femenina (2015), para. 11 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Reconociendo que las actitudes y conductas negativas, discriminatorias y estereotipadas repercuten directamente en la situación de las mujeres y las niñas y en el trato que reciben, y que esos estereotipos negativos dificultan la aplicación de marcos legislativos y normativos que garanticen la igualdad entre los géneros y prohíban la discriminación por razón de sexo, |
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Intensificación de los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer (2013), para. 52 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | l) Aumentar la seguridad de las niñas en las escuelas y en su desplazamiento a esos centros, entre otras cosas mejorando la infraestructura de transporte, proporcionando instalaciones sanitarias separadas y adecuadas, mayor iluminación, patios de recreo y entornos seguros, realizando actividades de prevención de la violencia en las escuelas y las comunidades y estableciendo sanciones para los actos de violencia contra las niñas y asegurando su aplicación; |
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