A/HRC/RES/58/18
Expresando gran preocupación por las violaciones de los derechos civiles y políticos
registradas durante los preparativos y la celebración de las elecciones de marzo de 2024 en
las regiones autónomas de la Costa Caribe Norte y la Costa Caribe Sur, en contravención de
las obligaciones de Nicaragua de garantizar el derecho de todos los ciudadanos a participar
en la dirección de los asuntos públicos y de votar y ser elegidos en elecciones periódicas y
auténticas, en particular por el hecho de que el Gobierno de Nicaragua siga sin implementar
reformas electorales e institucionales con miras a garantizar unas elecciones libres, limpias y
celebradas de manera transparente, por la aprobación y la constante utilización de
disposiciones jurídicas orientadas explícitamente a restringir la capacidad de los ciudadanos
nicaragüenses para participar en el proceso político, o susceptibles de ser utilizadas para tal
fin, por la persistente exclusión de los comicios de partidos políticos que han visto su
personalidad jurídica cancelada de manera arbitraria, y por las detenciones e inhabilitaciones
de opositores políticos en los meses anteriores a las elecciones,
Expresando suma preocupación por el empeoramiento de la situación de las personas
desplazadas por la fuerza y por la tendencia persistente al desplazamiento forzado,
encomiando a los Estados vecinos y otros Estados de la región por sus continuos esfuerzos
para recibir y acoger a los migrantes, refugiados, solicitantes de asilo y apátridas procedentes
de Nicaragua, y reconociendo al mismo tiempo las consecuencias y desafíos
socioeconómicos que ello supone para esos Estados y sus respectivas poblaciones,
Expresando gran preocupación por la aprobación y el uso persistente de disposiciones
jurídicas que tienen como objetivo explícito restringir la capacidad de la ciudadanía
nicaragüense para ejercer sus libertades fundamentales, o que se han utilizado o podrían
utilizarse para ello; por el amplio alcance de la Ley de Amnistía de 2019; y por las medidas
legislativas adoptadas por el Gobierno de Nicaragua, como la modificación de algunas
disposiciones del Código Penal y la promulgación de la Ley de Regulación de Agentes
Extranjeros (Ley núm. 1040), la Ley Especial de Ciberdelitos (Ley núm. 1042), la Ley contra
el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación
de Armas de Destrucción Masiva (Ley núm. 977), la Ley de Defensa de los Derechos del
Pueblo a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz (Ley núm. 1055) y
la Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro (Ley núm. 1115),
la modificación del artículo 21 de la Constitución y la aprobación de la Ley Especial que
Regula la Pérdida de la Nacionalidad Nicaragüense (Ley núm. 1145), las cuales, en
contravención del derecho internacional de los derechos humanos, impiden a las víctimas de
violaciones de los derechos humanos ejercer su derecho a un recurso efectivo, que puede
incluir medidas de reparación y el derecho a la verdad, y restringen aún más los derechos a
la libertad de opinión y de expresión, de asociación, de reunión pacífica y de circulación, el
derecho a una nacionalidad, el derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos y
el derecho a la vida privada, reconocidos todos ellos en el derecho internacional, lo que limita
injustificadamente las actividades de los defensores de los derechos humanos y la sociedad
civil,
Expresando alarma por la cancelación de la personalidad jurídica de al menos 38
universidades, la posterior confiscación de sus cuentas bancarias y activos por el Estado y la
cancelación y supresión de expedientes y títulos académicos, y por las reformas promulgadas
mediante la aprobación de la Ley núm. 1114 y la Ley núm. 1176, que han permitido el control
partidista de las juntas directivas de las universidades restantes y otorgado a la Presidencia el
control de iure del sistema de enseñanza superior, asilo que ha socavado gravemente el
derecho a la educación, la libertad académica y la autonomía de las universidades y ha
afectado directamente a más de 37.000 estudiantes,
Condenando el aumento de las reclusiones arbitrarias y las desapariciones forzadas
—incluidas las practicadas en el contexto del proceso electoral regional de 2024— de, entre
otros, dirigentes políticos, periodistas y otros trabajadores de los medios de comunicación,
defensores de los derechos humanos, líderes religiosos, empresarios, Pueblos Indígenas,
afrodescendientes, pequeños agricultores y miembros del movimiento campesino, personas
del mundo académico y estudiantes, artistas y trabajadores del mundo de la cultura, miembros
de organizaciones de la sociedad civil y organizaciones religiosas, y familiares de disidentes
reales o percibidos, y expresando gran preocupación por su integridad, el trato que reciben y
sus condiciones de reclusión, incluido su estado de salud, que pueden ser constitutivas de
GE.25-06133
3