Search Tips
ordenados por
30 listados de 62 Entidades
Seguimiento de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento (2018), para. 48
- Paragraph text
- 35. Alienta a los Estados Miembros a que proporcionen servicios y apoyo a las personas de edad, incluidos los abuelos, que sean responsables de niños que fueron abandonados o cuyos padres han fallecido, han emigrado o no pueden atender a las personas a su cargo;
- Temas
- Movement
- Social & Cultural Rights
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Gestión de los recursos humanos (2003), para. 114
- Paragraph text
- 5. Pide al Secretario General que haga lo posible por evitar que aumente el número de Estados Miembros insuficientemente representados, y preste debida atención a la distribución geográfica equitativa en los procesos de contratación y selección, teniendo presente el gran número de jubilados proyectado;
- Temas
- Economic Rights
- Equality & Inclusion
- Governance & Rule of Law
- Health
- Movement
- Personas afectadas
- Older persons
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Multilingüismo (2009), para. 18
- Document
- Paragraph text
- 11. Reconoce las medidas emprendidas por el Secretario General, de conformidad con sus resoluciones, para resolver la cuestión del reemplazo del personal de los servicios de idiomas que se jubila, y pide al Secretario General que mantenga y aumente esa labor, incluso mediante el fortalecimiento de la cooperación con las instituciones que forman a especialistas en idiomas a fin de atender las necesidades en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas;
- Temas
- Education
- Equality & Inclusion
- Governance & Rule of Law
- Movement
- Personas afectadas
- Older persons
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Protección y asistencia para los desplazados internos (2016), para. 38
- Paragraph text
- 15. Expresa particular preocupación también por toda la gama de amenazas, violaciones y abusos de los derechos humanos y violaciones del derecho internacional humanitario a que se enfrentan muchos desplazados internos, en particular mujeres y niños, que son especialmente vulnerables o blanco específico de la violencia sexual y por razón de género y la explotación y los abusos sexuales, la trata de personas, el reclutamiento forzoso y el secuestro, alienta al Relator Especial a que siga promoviendo la adopción de medidas para atender las necesidades particulares de asistencia y protección de los desplazados internos, y exhorta a los Estados, en cooperación con los organismos internacionales y otras partes interesadas, a que proporcionen protección y asistencia a los desplazados internos que son víctimas de las violaciones y los abusos mencionados anteriormente, así como a otros grupos de desplazados internos con necesidades especiales, como las personas que han sufrido traumas graves, las personas de edad y las personas con discapacidad, teniendo en cuenta todas las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad;
- Temas
- Humanitarian
- Movement
- Violence
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Protección y asistencia para los desplazados internos (2010), para. 25
- Paragraph text
- 6. Expresa particular preocupación por los graves problemas con que se enfrentan muchas mujeres y niños desplazados internos, incluida la violencia y el maltrato, la explotación sexual, la trata de personas, el reclutamiento forzoso y el secuestro, y alienta al Representante del Secretario General a que persevere en su determinación de promover la adopción de medidas para atender las necesidades particulares de asistencia, protección y desarrollo de los desplazados internos, así como las de otros grupos con necesidades especiales, como las personas que han sufrido traumas graves, las personas de edad y las personas con discapacidad, teniendo en cuenta las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y el Consejo de Seguridad y prestando la debida atención al anexo I del informe de la Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los niños y los conflictos armados titulado “Derechos y garantías de los niños desplazados en el interior de los países” 10 ;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Humanitarian
- Movement
- Violence
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Seguimiento de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento (2020), para. 55
- Paragraph text
- 36. Alienta a los Estados Miembros a que proporcionen servicios y apoyo a las personas de edad, incluidos los abuelos y las abuelas que se han hecho responsables de niños y niñas abandonados o cuyos progenitores han fallecido, han emigrado, han sido desplazados, por ejemplo en el contexto de emergencias humanitarias, o por cualquier otro motivo no pueden atender a las personas a su cargo;
- Temas
- Humanitario
- Moviemiento
- Personas afectadas
- Familias
- NNA
- Personas de edad
- Personas en movimiento
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Mandato del Relator Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos (2013), para. 33
- Paragraph text
- d) Integre una perspectiva de género en todas las tareas del mandato y preste especial consideración a los derechos humanos de las mujeres y los niños desplazados internos, así como a los de otros grupos con necesidades especiales, como las personas de edad, las personas con discapacidad y las personas gravemente traumatizadas que se vean afectadas por desplazamientos internos, y a sus necesidades especiales de asistencia, protección y desarrollo;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Gender
- Humanitarian
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Derechos humanos de los desplazados internos (2012), para. 28
- Paragraph text
- 13. Expresa particular preocupación por los graves problemas con que se enfrentan muchas mujeres y niños desplazados internos, incluida la violencia y el maltrato, la explotación sexual, la trata de personas, el reclutamiento forzoso y el secuestro, y alienta al Relator Especial a que persevere en su determinación de promover la adopción de medidas para atender las necesidades particulares de asistencia, protección y desarrollo de los desplazados internos, así como las de otros grupos con necesidades especiales, como las personas que han sufrido traumas graves, las personas de edad y las personas con discapacidad, teniendo en cuenta todas las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas;
- Temas
- Igualdad & inclusión
- Moviemiento
- Violencia
- Personas afectadas
- Mujeres
- NNA
- Personas con discapacidad
- Personas de edad
- Personas en movimiento
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Proyecto de documento final de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General sobre la respuesta a los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes (2016), para. 068
- Paragraph text
- 58. Alentamos firmemente la cooperación entre los países de origen o nacionalidad, los países de tránsito, los países de destino y otros países interesados para que los migrantes que no tengan permiso para permanecer en el país de de stino puedan regresar, de conformidad con las obligaciones internacionales de todos los Estados, a su país de origen o nacionalidad en orden y en condiciones de seguridad y dignidad, preferiblemente a voluntad, teniendo en cuenta la legislación nacional conforme al derecho internacional. Observamos que la cooperación para el retorno y la readmisión constituye un elemento importante de la cooperación internacional en materia de migración. Esa cooperación abarcaría la identificación correcta y el suministro de los documentos de viaje que correspondan. Todos los tipos de retorno, voluntarios o de otra índole, deben ajustarse a las obligaciones que nos competen en virtud del derecho internacional de los derechos humanos y observar el principio de no devolución. También deberían respetar las normas del derecho internacional y, además, deben llevarse a cabo en consonancia con el interés superior del niño y con el procedimiento previsto en la ley. Si bien reconocemos que se aplican solo a los Estados que los han concertado, reconocemos también que los acuerdos de readmisión vigentes deberían implementarse del todo. Apoyamos una mejor recepción y asistencia para la reintegración de aquellos que regresen. Se debe prestar especial atención a las necesidades de los migrantes en situaciones de vulnerabilidad que regresan, como los niños, las personas mayores, las personas con discapacidad y las víctimas de la trata de personas.
- Temas
- Gobernanza y imperio de la ley
- Igualdad & inclusión
- Moviemiento
- Personas afectadas
- NNA
- Personas con discapacidad
- Personas de edad
- Personas en movimiento
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Seguimiento de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento (2018), para. 64
- Paragraph text
- 48. Invita a las entidades competentes del sistema de las Naciones Unidas, entre ellas ONU-Mujeres, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Fondo de Población de las Naciones Unidas, la Organización Internacional del Trabajo, el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-Hábitat), la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, el Programa Mundial de Alimentos, el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y la Organización Mundial de la Salud, entre otros, así como a la Organización Internacional para las Migraciones, a que incluyan en los informes que presentan a sus respectivos órganos rectores información pertinente sobre los esfuerzos realizados por los Estados Miembros y la comunidad internacional en la s cuestiones de interés para las personas de edad, entre ellas su inclusión social;
- Temas
- Gobernanza y imperio de la ley
- Igualdad & inclusión
- Moviemiento
- Personas afectadas
- Mujeres
- Personas de edad
- Personas en movimiento
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes (2016), para. 067
- Paragraph text
- 58. Alentamos firmemente la cooperación entre los países de origen o nacionalidad, los países de tránsito, los países de destino y otros países interesados para que los migrantes que no tengan permiso para permanecer en el país de destino puedan regresar, de conformidad con las obligaciones internacionales de todos los Estados, a su país de origen o nacionalidad en orden y en condiciones de seguridad y dignidad, preferiblemente a voluntad, teniendo en cuenta la legislación nacional conforme al derecho internacional. Observamos que la cooperación para el retorno y la readmisión constituye un elemento importante de la cooperación internacional en materia de migración. Esa cooperación abarcaría la identificación correcta y el suministro de los documentos de viaje que correspondan. Todos los tipos de retorno, voluntarios o de otra índole, deben ajustarse a las obligaciones que nos competen en virtud del derecho internacional de los derechos humanos y observar el principio de no devolución. También deberían respetar las normas del derecho internacional y, además, deben llevarse a cabo en consonancia con el interés superior del niño y con el procedimiento previsto en la ley. Si bien reconocemos que se aplican solo a los Estados que los han concertado, reconocemos también que los acuerdos de readmisión vigentes deberían implementarse del todo. Apoyamos una mejor recepción y asistencia para la reintegración de aquellos que regresen. Se debe prestar especial atención a las necesidades de los migrantes en situaciones de vulnerabilidad que regresan, como los niños, las personas mayores, las personas con discapacidad y las víctimas de la trata de personas.
- Temas
- Equality & Inclusion
- Governance & Rule of Law
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Mandato del Relator Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos (2010), para. 13
- Paragraph text
- 7. Expresa especial preocupación ante los graves problemas a que se enfrentan numerosas mujeres y niños desplazados internos, entre otros violencia y abusos, explotación sexual y laboral, trata de personas, reclutamiento forzoso y secuestros, y señala la necesidad de prestar atención de forma más sistemática y exhaustiva a sus necesidades especiales de asistencia, protección y desarrollo, así como a las de otros grupos con necesidades especiales, como las personas mayores, las personas con discapacidad y las personas gravemente traumatizadas afectadas por los desplazamientos internos, teniendo en cuenta las resoluciones pertinentes de la Asamblea General;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Movement
- Violence
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Multilingüismo (2015), para. 70
- Document
- Paragraph text
- 54. Reconoce las medidas adoptadas por el Secretario General, de conformidad con sus resoluciones, para resolver la cuestión del reemplazo del personal de los servicios de idiomas que se jubila, y solicita al Secretario General que mantenga e intensifique esa labor, incluso mediante el fortalecimiento de la cooperación con las instituciones que forman a especialistas en idiomas, a fin de atender las necesidades en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas;
- Temas
- Education
- Equality & Inclusion
- Governance & Rule of Law
- Movement
- Personas afectadas
- Older persons
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica (2020), para. 110
- Paragraph text
- 39. Exhorta a los Estados Miembros a que consideren la posibilidad de ratificar el Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 36 , o de adherirse a él, y a los Estados partes a que lo apliquen de manera efectiva, y a que refuercen la cooperación internacional par a prevenir y combatir el tráfico ilícito de migrantes y enjuiciar a los traficantes, de conformidad, según proceda, con el artículo 6 del Protocolo, así como con las leyes y la legislación nacionales, al tiempo que protegen de forma efectiva los derechos d e los migrantes que son objeto de tráfico ilícito y respetan su dignidad de conformidad con los principios de la no discriminación y otras obligaciones aplicables en virtud del derecho internacional pertinente, teniendo en cuenta las necesidades especiales de las mujeres, los niños, sobre todo cuando no estén acompañados, las personas con discapacidad y las personas de edad, y en colaboración con las organizaciones internacionales, la sociedad civil y el sector privado, y a este respecto exhorta a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito a que siga prestando asistencia técnica a los Estados Miembros de conformidad con el Protocolo;
- Temas
- Governance & Rule of Law
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Asistencia a los refugiados, los repatriados y los desplazados en África (2020), para. 39
- Paragraph text
- 15. Reconoce que la incorporación de consideraciones de edad, género y diversidad contribuye de manera importante a determinar, mediante la plena participación de las mujeres, las niñas y los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad, los riesgos que afrontan los diversos miembros de las comunidades de refugiados en materia de protección, en particular en lo que respecta al trato no discriminatorio y la protección de las mujeres, las niñas y los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Movement
- Social & Cultural Rights
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Protección y asistencia para los desplazados internos (2014), para. 31
- Paragraph text
- 11. Expresa particular preocupación por los graves problemas que afrontan muchas mujeres y niños desplazados internos, especialmente la violencia, la explotación y los abusos, incluidos la violencia sexual y de género y la explotación y los abusos sexuales, la trata de personas, el reclutamiento forzoso y el secuestro, y alienta al Relator Especial a que persevere en su determinación de promover la adopción de medidas para atender las necesidades particulares de asistencia, protección y desarrollo de los desplazados internos, así como las de otros grupos con necesidades especiales, como las personas que han sufrido traumas graves, las personas de edad y las personas con discapacidad, teniendo en cuenta todas las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Movement
- Violence
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Mandato del Relator Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos (2013), para. 12
- Paragraph text
- 6. Expresa especial preocupación ante los graves problemas a que se enfrentan numerosas mujeres y niños desplazados internos, entre otros violencia y abusos, explotación sexual y laboral, trata de personas, reclutamiento forzoso y secuestros, y señala la necesidad de prestar atención de forma más sistemática y exhaustiva a sus necesidades especiales de asistencia, protección y desarrollo, así como a las de otros grupos con necesidades especiales, como las personas de edad, las personas con discapacidad y las personas gravemente traumatizadas que se vean afectadas por desplazamientos internos, teniendo en cuenta las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Movement
- Violence
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Asistencia a los refugiados, los repatriados y los desplazados en África (2018), para. 29
- Paragraph text
- 9. Reconoce que la incorporación de consideraciones de edad, género y diversidad contribuye de manera importante a determinar, mediante la plena participación de las mujeres, los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad, los riesgos que afrontan los diversos miembros de la s comunidades de refugiados en materia de protección, en particular en lo que respecta al trato no discriminatorio y la protección de las mujeres, los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Movement
- Social & Cultural Rights
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica (2018), para. 094
- Paragraph text
- 33. Exhorta a los Estados Miembros a que consideren la posibilidad de ratificar el Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 33 , o de adherirse al mismo, y a que refuercen la cooperación internacional para prevenir y combatir el tráfico ilícito de migrantes y enjuiciar a los traficantes, de conformidad, según proceda, con el artículo 6 del Protocolo, así como con las leyes y la legislación nacionales, al tiempo que protegen de forma efectiva los derechos de los migrantes objeto de tráfico ilícito y respetan su dignidad de conformidad con los principios de la no discriminación y otras obligaciones aplicables en virtud del derecho internacional pertinente, teniendo en cuenta las necesidades especiales de las mujeres, los niños, sobre todo cuando no estén acompañados, las personas con discapacidad y las personas de edad, y en colaboración con las organizaciones internacionales, la sociedad civil y el sector privado, y a este respecto exhorta a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito a que siga prestando asistencia técnica a los Estados Miembros de conformidad con el Protocolo;
- Temas
- Governance & Rule of Law
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Plan de conferencias (2017), para. 129
- Document
- Paragraph text
- 113. Observa con aprecio las medidas adoptadas por el Secretario General, de conformidad con sus resoluciones, para abordar, entre otras cosas, la cuestión del reemplazo del personal de los servicios de idiomas que se jubila y solicita al Secretario General que mantenga e intensifique los esfuerzos a ese respecto, entre ellos el fortalecimiento de la cooperación con instituciones de formación de especialistas en idiomas, a fin de satisfacer las necesidades en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas;
- Temas
- Educación
- Gobernanza y imperio de la ley
- Igualdad & inclusión
- Moviemiento
- Personas afectadas
- Personas de edad
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Mandato del Relator Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos (2019), para. 18
- Paragraph text
- 8. Expresa especial preocupación por toda la diversidad de amenazas, violaciones y conculcaciones de los derechos humanos y violaciones del derecho internacional humanitario de que son víctimas muchos desplazados internos, incluidos mujeres y niños, que son particularmente vulnerables o un blanco específico, en especial de la violencia sexual y de género y de la explotación y los abusos sexuales, la trata de personas, el reclutamiento forzoso y el secuestro, alienta a la Relatora Especial a que persevere en su determinación de promover la adopción de medidas para atender sus necesidades particulares de asistencia y protección, y exhorta a los Estados a que, en cooperación con los organismos internacionales y con otros interesados, proporcionen protección y asistencia a los desplazados internos que son víctimas de esas violaciones y conculcaciones, así como a otros grupos de desplazados internos con necesidades especiales, como las personas que han sufrido traumas graves, las personas de edad y las personas con discapacidad, teniendo en cuenta todas las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y el Consejo de Seguridad;
- Temas
- Humanitarian
- Movement
- Violence
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Plan de conferencias (2015), para. 138
- Document
- Paragraph text
- 121. Observa con aprecio las medidas adoptadas por el Secretario General, de conformidad con sus resoluciones, para abordar, entre otras cosas, la cuestión del reemplazo del personal de los servicios de idiomas que se jubila y solicita al Secretario General que mantenga e intensifique las iniciativas a ese respecto, entre ellas el fortalecimiento de la cooperación con instituciones de formación de especialistas en idiomas, a fin de satisfacer las necesidades en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas;
- Temas
- Education
- Equality & Inclusion
- Governance & Rule of Law
- Movement
- Personas afectadas
- Older persons
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Mandato del Relator Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos (2010), para. 23
- Paragraph text
- d) Integre una perspectiva de género en todas las tareas del mandato y preste especial consideración a los derechos humanos de las mujeres y niños desplazados internos así como a otros grupos con necesidades especiales, como las personas mayores, las personas con discapacidad y las personas gravemente traumatizadas como consecuencia de los desplazamientos internos, y a sus necesidades especiales de asistencia, protección y desarrollo;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Gender
- Humanitarian
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Protección y asistencia para los desplazados internos (2018), para. 36
- Paragraph text
- 3. Alienta a la Relatora Especial a que, mediante un diálogo permanente con los Gobiernos y todas las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales interesadas, siga analizando los motivos de los desplazamientos internos y continúe informada de las necesidades y los derechos humanos de los desplazados, en particular las necesidades de aquellos que podrían estar en situaciones especialmente vulnerables, incluidos las mujeres, los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad, el nivel de preparación ante emergencias y los medios de reforzar la protección y la asistencia, incluso intensificando el papel de las instituciones nacionales de derechos humanos, según proceda, y la protección de los desplazados internos, así como soluciones duraderas para los desplazados internos, como abordar los posibles obstáculos a su ejercicio de los derechos a la vivienda, la tierra y la propiedad, a este último respecto alienta también a la Relatora Especial a que utilice en sus actividades el Marco de Soluciones Duraderas para los Desplazados Internos del Comité Permanente entre Organismos 12 , y alienta además a la Relatora Especial a que continúe abogando por las necesidades de las comunidades de acogida y promoviendo estrategias amplias, teniendo en cuenta la responsabilidad primordial de los Estados de proteger y prestar asistencia a los desplazados internos dentro de su jurisdicción;
- Temas
- Governance & Rule of Law
- Humanitarian
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Protección y asistencia para los desplazados internos (2020), para. 42
- Paragraph text
- 3. Alienta a la Relatora Especial a que, mediante un diálogo permanente con los Gobiernos y todas las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales interesadas, siga analizando los motivos de los desplazamientos internos y se mantenga informada de las necesidades y los derechos humanos de los desplazados, incluidas las necesidades de aquellos que podrían estar en situaciones especialmente vulnerables, como las mujeres, los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad, el nivel de preparación ante emergencias y la forma de reforzar la protección y la asistencia, incluso intensificando el papel de las instituciones nacionales de derechos humanos, según proceda, y la protección de los desplazados internos, así como soluciones duraderas para los desplazados internos, incluso abordando los posibles obstáculos a su ejercicio del derecho a la vivienda, la tierra y la propiedad, alienta también a la Relatora Especial, a este último respecto, a que utilice en sus actividades el Marco de Soluciones Duraderas para los Desplazados Internos del Comité Permanente entre Organismos 10 , y alienta además a la Relatora Especial a que continúe abogando por las necesidades de las comunidades de acogida y promoviendo estrategias amplias, teniendo en cuenta la responsabilidad primordial de los Estados de proteger y prestar asistencia a los desplazados internos dentro de su jurisdicción;
- Temas
- Governance & Rule of Law
- Humanitarian
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Protección y asistencia para los desplazados internos (2018), para. 50
- Paragraph text
- 17. Expresa particular preocupación también por toda la gama de amenazas, violaciones y abusos de los derechos humanos y violaciones del derecho internacional humanitario a que se enfrentan muchos desplazados internos, en particular mujeres y niños, que son especialmente vulnerables o blanco específico de la violencia sexual y por razón de género y la explotación y los abusos sexuales, la trata de personas, el reclutamiento forzoso y el secuestro, alienta a la Relatora Especial a que siga promoviendo la adopción de medidas para atender las necesidades particulares de asistencia y protección de esos desplazados internos, y exhorta a los Estados a que, en cooperación con los organismos internacionales y otras partes interesadas, proporcionen protección y asistencia a los desplazados internos que son víctimas de las amenazas, las violaciones y los abusos mencionados, así como a otros grupos de desplazados internos con necesidades especiales, como las personas que han sufrido traumas graves, las personas de edad y las personas con discapacidad, teniendo en cuenta todas sus resoluciones pertinentes y las del Consejo de Seguridad;
- Temas
- Humanitarian
- Movement
- Violence
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Multilingüismo (2017), para. 84
- Document
- Paragraph text
- 66. Reconoce las medidas adoptadas por el Secretario General, de conformidad con sus resoluciones, para resolver la cuestión del reemplazo del personal de los servicios de idiomas que se jubila, y solicita al Secretario General que mantenga e intensifique esa labor, incluso mediante el fortalecimiento de la cooperación con las instituciones que forman a especialistas en idiomas, a fin de atender las necesidades en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Governance & Rule of Law
- Movement
- Personas afectadas
- Older persons
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Protección y asistencia para los desplazados internos (2004), para. 18
- Paragraph text
- 4. Expresa especial preocupación por los graves problemas con que se enfrentan muchas mujeres y niños desplazados internos, en particular la violencia y el maltrato, la explotación sexual, el reclutamiento forzoso y el secuestro, y observa con satisfacción que el Representante del Secretario General esta empeñado en prestar atención de forma más sistemática y exhaustiva a sus necesidades especiales de asistencia, protección y desarrollo, así como a otros grupos con necesidades especiales, como las personas mayores y las personas con discapacidad, teniendo en cuenta sus resoluciones en la materia y teniendo presente la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad, de 31 de octubre de 2000;
- Temas
- Movement
- Violence
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Protección y asistencia para los desplazados internos (2020), para. 08
- Paragraph text
- Expresando especial preocupación por el incremento de la discriminación de los desplazados internos, incluidos los que podrían encontrarse en situaciones particularmente vulnerables, como las mujeres, los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad, y poniendo de relieve la necesidad de asegurar que se atienden sus necesidades específicas proporcionando protección adecuada y acceso a asistencia,
- Temas
- Equality & Inclusion
- Humanitarian
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Plan de conferencias (2014), para. 111
- Document
- Paragraph text
- 94. Observa con aprecio las medidas adoptadas por el Secretario General, de conformidad con sus resoluciones, para abordar, entre otras cosas, la cuestión del reemplazo del personal de los servicios de idiomas que se jubila, y solicita al Secretario General que mantenga e intensifique las iniciativas a ese respecto, entre ellas el fortalecimiento de la cooperación con instituciones de formación de especialistas en idiomas, a fin de satisfacer las necesidades en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas;
- Temas
- Educación
- Gobernanza y imperio de la ley
- Igualdad & inclusión
- Moviemiento
- Personas afectadas
- Personas de edad
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo