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Protección de los migrantes (2014), para. 59
- Paragraph text
- i) Insta a los Estados a que aseguren que los mecanismos de repatriación faciliten la identificación y la protección especial de las personas en situaciones de vulnerabilidad, en particular las personas con discapacidad, y tengan en cuenta, de conformidad con sus obligaciones y compromisos internacionales, el principio del interés superior del niño y la reunificación familiar;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Governance & Rule of Law
- Movement
- Social & Cultural Rights
- Personas afectadas
- Children
- Families
- Persons with disabilities
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Protección y asistencia para los desplazados internos (2016), para. 38
- Paragraph text
- 15. Expresa particular preocupación también por toda la gama de amenazas, violaciones y abusos de los derechos humanos y violaciones del derecho internacional humanitario a que se enfrentan muchos desplazados internos, en particular mujeres y niños, que son especialmente vulnerables o blanco específico de la violencia sexual y por razón de género y la explotación y los abusos sexuales, la trata de personas, el reclutamiento forzoso y el secuestro, alienta al Relator Especial a que siga promoviendo la adopción de medidas para atender las necesidades particulares de asistencia y protección de los desplazados internos, y exhorta a los Estados, en cooperación con los organismos internacionales y otras partes interesadas, a que proporcionen protección y asistencia a los desplazados internos que son víctimas de las violaciones y los abusos mencionados anteriormente, así como a otros grupos de desplazados internos con necesidades especiales, como las personas que han sufrido traumas graves, las personas de edad y las personas con discapacidad, teniendo en cuenta todas las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad;
- Temas
- Humanitarian
- Movement
- Violence
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Actividades del Segundo Decenio de las Naciones Unidas para la Erradicación de la Pobreza (2008-2017) (2018), para. 27
- Paragraph text
- Reconociendo la importancia de apoyar a los países en sus esfuerzos por erradicar la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, y promover el empoderamiento de los pobres y las personas en situaciones vulnerables, en particular las mujeres, los niños y los jóvenes, los pueblos indígenas y las comunidades locales, las personas de edad, las personas con discapacidad, los migrantes, los refugiados y los desplazados internos,
- Temas
- Equality & Inclusion
- Movement
- Poverty
- Personas afectadas
- Children
- Ethnic minorities
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Youth
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Protección de los migrantes (2011), para. 55
- Paragraph text
- g) Insta a los Estados a que aseguren que los mecanismos de repatriación faciliten la identificación y la protección especial de las personas en situaciones de vulnerabilidad, incluidas las personas con discapacidad, y tengan en cuenta, de conformidad con sus obligaciones y compromisos internacionales, el principio del interés superior del niño y la reunificación familiar;
- Temas
- Derechos sociales y culturales
- Gobernanza y imperio de la ley
- Igualdad & inclusión
- Moviemiento
- Personas afectadas
- Familias
- NNA
- Personas con discapacidad
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Protección y asistencia para los desplazados internos (2010), para. 25
- Paragraph text
- 6. Expresa particular preocupación por los graves problemas con que se enfrentan muchas mujeres y niños desplazados internos, incluida la violencia y el maltrato, la explotación sexual, la trata de personas, el reclutamiento forzoso y el secuestro, y alienta al Representante del Secretario General a que persevere en su determinación de promover la adopción de medidas para atender las necesidades particulares de asistencia, protección y desarrollo de los desplazados internos, así como las de otros grupos con necesidades especiales, como las personas que han sufrido traumas graves, las personas de edad y las personas con discapacidad, teniendo en cuenta las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y el Consejo de Seguridad y prestando la debida atención al anexo I del informe de la Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los niños y los conflictos armados titulado “Derechos y garantías de los niños desplazados en el interior de los países” 10 ;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Humanitarian
- Movement
- Violence
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Cooperación entre las Naciones Unidas y el Consejo de Europa (2013), para. 13
- Paragraph text
- 4. Reconoce también la función de la Carta Social Europea revisada y del Comité Europeo de Derechos Sociales en la protección de los derechos económicos y sociales, observa la complementariedad de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad 4 y el Plan de Acción del Consejo de Europa relativo a las personas con discapacidad para 2006-2015, y confirma su apoyo a la cooperación entre las dos organizaciones en lo que respecta a la erradicación de la pobreza, la protección y promoción de los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, la lucha contra la mortalidad materna e infantil e iniciativas para alentar la integración de los migrantes y los refugiados, fortalecer la cohesión social y asegurar la protección de los derechos económicos, sociales y culturales de todos;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Governance & Rule of Law
- Movement
- Social & Cultural Rights
- Personas afectadas
- Children
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Protección de los migrantes (2015), para. 60
- Paragraph text
- i) Insta a los Estados a que aseguren que los mecanismos de repatriación faciliten la identificación y la protección especial de las personas en situaciones de vulnerabilidad, en particular los niños no acompañados y las personas con discapacidad, y tengan en cuenta, de conformidad con sus obligaciones y compromisos internacionales, el principio del interés superior del niño, la claridad en los arreglos de recepción y atención y la reunificación familiar;
- Temas
- Derechos sociales y culturales
- Gobernanza y imperio de la ley
- Igualdad & inclusión
- Moviemiento
- Personas afectadas
- Familias
- NNA
- Personas con discapacidad
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Mandato del Relator Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos (2013), para. 33
- Paragraph text
- d) Integre una perspectiva de género en todas las tareas del mandato y preste especial consideración a los derechos humanos de las mujeres y los niños desplazados internos, así como a los de otros grupos con necesidades especiales, como las personas de edad, las personas con discapacidad y las personas gravemente traumatizadas que se vean afectadas por desplazamientos internos, y a sus necesidades especiales de asistencia, protección y desarrollo;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Gender
- Humanitarian
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Derechos humanos de los desplazados internos (2012), para. 28
- Paragraph text
- 13. Expresa particular preocupación por los graves problemas con que se enfrentan muchas mujeres y niños desplazados internos, incluida la violencia y el maltrato, la explotación sexual, la trata de personas, el reclutamiento forzoso y el secuestro, y alienta al Relator Especial a que persevere en su determinación de promover la adopción de medidas para atender las necesidades particulares de asistencia, protección y desarrollo de los desplazados internos, así como las de otros grupos con necesidades especiales, como las personas que han sufrido traumas graves, las personas de edad y las personas con discapacidad, teniendo en cuenta todas las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas;
- Temas
- Igualdad & inclusión
- Moviemiento
- Violencia
- Personas afectadas
- Mujeres
- NNA
- Personas con discapacidad
- Personas de edad
- Personas en movimiento
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Derechos del niño (2020), para. 035
- Document
- Paragraph text
- 10. Observa con preocupación la gran cantidad de niños pertenecientes a minorías nacionales, étnicas, religiosas y lingüísticas, niños migrantes, niños refugiados o solicitantes de asilo, niños desplazados, niños afrodescendientes y niños de ascendencia indígena que son víctimas de la discriminación, incluidos el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, destaca la necesidad de incorporar medidas especiales, de acuerdo con el principio del interés superior del niño y el respeto de sus opiniones y con las necesidades específicas de los niños de cada sexo, incluidos los niños con discapacidad, en los programas de educación y los programas de lucha contra esas prácticas, y exhorta a los Estados a que presten a esos niños apoyo especial y les garanticen la igualdad de acceso a los servicios;
- Temas
- Education
- Equality & Inclusion
- Movement
- Social & Cultural Rights
- Personas afectadas
- Children
- Ethnic minorities
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Proyecto de documento final de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General sobre la respuesta a los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes (2016), para. 068
- Paragraph text
- 58. Alentamos firmemente la cooperación entre los países de origen o nacionalidad, los países de tránsito, los países de destino y otros países interesados para que los migrantes que no tengan permiso para permanecer en el país de de stino puedan regresar, de conformidad con las obligaciones internacionales de todos los Estados, a su país de origen o nacionalidad en orden y en condiciones de seguridad y dignidad, preferiblemente a voluntad, teniendo en cuenta la legislación nacional conforme al derecho internacional. Observamos que la cooperación para el retorno y la readmisión constituye un elemento importante de la cooperación internacional en materia de migración. Esa cooperación abarcaría la identificación correcta y el suministro de los documentos de viaje que correspondan. Todos los tipos de retorno, voluntarios o de otra índole, deben ajustarse a las obligaciones que nos competen en virtud del derecho internacional de los derechos humanos y observar el principio de no devolución. También deberían respetar las normas del derecho internacional y, además, deben llevarse a cabo en consonancia con el interés superior del niño y con el procedimiento previsto en la ley. Si bien reconocemos que se aplican solo a los Estados que los han concertado, reconocemos también que los acuerdos de readmisión vigentes deberían implementarse del todo. Apoyamos una mejor recepción y asistencia para la reintegración de aquellos que regresen. Se debe prestar especial atención a las necesidades de los migrantes en situaciones de vulnerabilidad que regresan, como los niños, las personas mayores, las personas con discapacidad y las víctimas de la trata de personas.
- Temas
- Gobernanza y imperio de la ley
- Igualdad & inclusión
- Moviemiento
- Personas afectadas
- NNA
- Personas con discapacidad
- Personas de edad
- Personas en movimiento
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (2018), para. 59
- Paragraph text
- 49. Observa que es importante que los Estados y la Oficina del Alto Comisionado examinen y aclaren la función de la Oficina en lo que respecta a las corrientes migratorias mixtas a fin de atender mejor las necesidades de protección en ese contexto, teniendo en cuenta las necesidades particulares de los grupos vulnerables, sobre todo de las mujeres, los niños y las personas con discapacidad, lo que incluye salvaguardar el acceso al asilo para quienes necesitan protección internacional, y observa también que el Alto Comisionado está dispuesto, de conformidad con su mandato, a ayudar a los Estados a cumplir sus responsabilidades en materia de protección a este respecto;
- Temas
- Gobernanza y imperio de la ley
- Moviemiento
- Personas afectadas
- Mujeres
- NNA
- Personas con discapacidad
- Personas en movimiento
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Asistencia a los refugiados, los repatriados y los desplazados en África (2017), para. 27
- Paragraph text
- 8. Reconoce que la incorporación de consideraciones de edad, género y diversidad contribuye de manera importante a determinar, mediante un enfoque participativo, los riesgos que afrontan los diversos miembros de las comunidades de refugiados en materia de protección, en particular en lo que respecta al trato no discriminatorio y la protección de las mujeres, los niños, las personas con discapacidad y los ancianos;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Movement
- Social & Cultural Rights
- Personas afectadas
- Children
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes (2016), para. 067
- Paragraph text
- 58. Alentamos firmemente la cooperación entre los países de origen o nacionalidad, los países de tránsito, los países de destino y otros países interesados para que los migrantes que no tengan permiso para permanecer en el país de destino puedan regresar, de conformidad con las obligaciones internacionales de todos los Estados, a su país de origen o nacionalidad en orden y en condiciones de seguridad y dignidad, preferiblemente a voluntad, teniendo en cuenta la legislación nacional conforme al derecho internacional. Observamos que la cooperación para el retorno y la readmisión constituye un elemento importante de la cooperación internacional en materia de migración. Esa cooperación abarcaría la identificación correcta y el suministro de los documentos de viaje que correspondan. Todos los tipos de retorno, voluntarios o de otra índole, deben ajustarse a las obligaciones que nos competen en virtud del derecho internacional de los derechos humanos y observar el principio de no devolución. También deberían respetar las normas del derecho internacional y, además, deben llevarse a cabo en consonancia con el interés superior del niño y con el procedimiento previsto en la ley. Si bien reconocemos que se aplican solo a los Estados que los han concertado, reconocemos también que los acuerdos de readmisión vigentes deberían implementarse del todo. Apoyamos una mejor recepción y asistencia para la reintegración de aquellos que regresen. Se debe prestar especial atención a las necesidades de los migrantes en situaciones de vulnerabilidad que regresan, como los niños, las personas mayores, las personas con discapacidad y las víctimas de la trata de personas.
- Temas
- Equality & Inclusion
- Governance & Rule of Law
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Mandato del Relator Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos (2010), para. 13
- Paragraph text
- 7. Expresa especial preocupación ante los graves problemas a que se enfrentan numerosas mujeres y niños desplazados internos, entre otros violencia y abusos, explotación sexual y laboral, trata de personas, reclutamiento forzoso y secuestros, y señala la necesidad de prestar atención de forma más sistemática y exhaustiva a sus necesidades especiales de asistencia, protección y desarrollo, así como a las de otros grupos con necesidades especiales, como las personas mayores, las personas con discapacidad y las personas gravemente traumatizadas afectadas por los desplazamientos internos, teniendo en cuenta las resoluciones pertinentes de la Asamblea General;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Movement
- Violence
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Cooperación entre las Naciones Unidas y el Consejo de Europa (2014), para. 13
- Paragraph text
- 4. Reconoce también la función de la Carta Social Europea revisada y del Comité Europeo de Derechos Sociales en la protección de los derechos económicos y sociales, observa la complementariedad de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 3 y el Plan de Acción del Consejo de Europa relativo a las personas con discapacidad para 2006-2015, y confirma su apoyo a la cooperación entre las dos organizaciones en lo que respecta a la erradicación de la pobreza, la protección y promoción de los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, la lucha contra la mortalidad materna e infantil e iniciativas para alentar la integración de los migrantes y los refugiados, fortalecer la cohesión social y la solidaridad intergeneracional y asegurar la protección de los derechos económicos, sociales y culturales de todos;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Governance & Rule of Law
- Movement
- Social & Cultural Rights
- Personas afectadas
- Children
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Derechos del niño (2008), para. 008
- Document
- Paragraph text
- Tomando nota con reconocimiento de la atención prestada a los niños en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
- Temas
- Governance & Rule of Law
- Movement
- Violence
- Personas afectadas
- Children
- Persons with disabilities
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (2017), para. 44
- Paragraph text
- 33. Afirma la importancia de las consideraciones de edad, género y diversidad a la hora de analizar las necesidades de protección y asegurar la participación de los refugiados y otras personas cuya situación es competencia de la Oficina del Alto Comisionado, según corresponda, en la planificación y ejecución de los programas de la Oficina y de las políticas de los Estados, afirma también la importancia de combatir con carácter prioritario la discriminación, la desigualdad basada en el género y el problema de la violencia sexual y por razón de género, reconociendo la importancia de atender las necesidades de protección de las mujeres, los niños y las personas con discapacidad en particular, y subraya la importancia de seguir trabajando en esas cuestiones;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Gender
- Movement
- Social & Cultural Rights
- Personas afectadas
- Children
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica (2020), para. 110
- Paragraph text
- 39. Exhorta a los Estados Miembros a que consideren la posibilidad de ratificar el Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 36 , o de adherirse a él, y a los Estados partes a que lo apliquen de manera efectiva, y a que refuercen la cooperación internacional par a prevenir y combatir el tráfico ilícito de migrantes y enjuiciar a los traficantes, de conformidad, según proceda, con el artículo 6 del Protocolo, así como con las leyes y la legislación nacionales, al tiempo que protegen de forma efectiva los derechos d e los migrantes que son objeto de tráfico ilícito y respetan su dignidad de conformidad con los principios de la no discriminación y otras obligaciones aplicables en virtud del derecho internacional pertinente, teniendo en cuenta las necesidades especiales de las mujeres, los niños, sobre todo cuando no estén acompañados, las personas con discapacidad y las personas de edad, y en colaboración con las organizaciones internacionales, la sociedad civil y el sector privado, y a este respecto exhorta a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito a que siga prestando asistencia técnica a los Estados Miembros de conformidad con el Protocolo;
- Temas
- Governance & Rule of Law
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Asistencia a los refugiados, los repatriados y los desplazados en África (2020), para. 39
- Paragraph text
- 15. Reconoce que la incorporación de consideraciones de edad, género y diversidad contribuye de manera importante a determinar, mediante la plena participación de las mujeres, las niñas y los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad, los riesgos que afrontan los diversos miembros de las comunidades de refugiados en materia de protección, en particular en lo que respecta al trato no discriminatorio y la protección de las mujeres, las niñas y los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Movement
- Social & Cultural Rights
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Asistencia técnica y fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos en la República Centroafricana (2016), para. 41
- Paragraph text
- 17. Sigue profundamente preocupado por las condiciones en que se encuentran los desplazados y los refugiados, y alienta a la comunidad internacional a que preste apoyo a las autoridades nacionales y a los países de acogida para garantizar una protección y una asistencia apropiadas a las víctimas de la violencia, especialmente a las mujeres, los niños y las personas con discapacidad;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Humanitarian
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Asistencia humanitaria, socorro de emergencia, rehabilitación, recuperación y reconstrucción en respuesta a la emergencia humanitaria de Haití, incluidos los efectos del terremoto (2011), para. 07
- Paragraph text
- Preocupada por la vulnerable situación en que se encuentran los desplazados internos de Haití, en particular las mujeres, los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad, y consciente de la necesidad de encontrar una solución duradera y sostenible a su situación, apoyando los esfuerzos del Gobierno de Haití por establecer unas condiciones y proporcionar los medios que permitan el regreso voluntario, seguro y digno de los desplazados internos a su hogar o lugar de residencia habitual, o su reasentamiento voluntario en otra parte del país,
- Temas
- Equality & Inclusion
- Movement
- Social & Cultural Rights
- Personas afectadas
- Children
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Asistencia técnica y fomento de la capacidad en materia de derechos humanos en la República Centroafricana (2018), para. 57
- Paragraph text
- 29. Sigue estando profundamente preocupado por las condiciones en las que se encuentran los desplazados y los refugiados y alienta a la comunidad internacional a ayudar a las autoridades nacionales y los países de acogida a proporcionar una protección y una asistencia apropiadas a las víctimas de actos de violencia, en particular las mujeres, los niños y las personas con discapacidad;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Humanitarian
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Protección y asistencia para los desplazados internos (2014), para. 07
- Paragraph text
- Consciente de que el desplazamiento interno, incluidas las situaciones de desplazamiento prolongado, tiene, además de la dimensión humanitaria, dimensiones de derechos humanos y de desarrollo, así como la posible dimensión de consolidación de la paz, de que a menudo este fenómeno intensifica la vulnerabilidad de las mujeres y los niños y de las personas con discapacidad, y de que los Estados y la comunidad internacional tienen la responsabilidad de reforzar aún más su protección y asistencia,
- Temas
- Governance & Rule of Law
- Humanitarian
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Protección y asistencia para los desplazados internos (2014), para. 31
- Paragraph text
- 11. Expresa particular preocupación por los graves problemas que afrontan muchas mujeres y niños desplazados internos, especialmente la violencia, la explotación y los abusos, incluidos la violencia sexual y de género y la explotación y los abusos sexuales, la trata de personas, el reclutamiento forzoso y el secuestro, y alienta al Relator Especial a que persevere en su determinación de promover la adopción de medidas para atender las necesidades particulares de asistencia, protección y desarrollo de los desplazados internos, así como las de otros grupos con necesidades especiales, como las personas que han sufrido traumas graves, las personas de edad y las personas con discapacidad, teniendo en cuenta todas las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Movement
- Violence
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Derechos humanos de los desplazados internos (2012), para. 33
- Paragraph text
- 18. Insta a los Estados a que tengan en cuenta las necesidades específicas de las personas con discapacidad a la hora de promover y asegurar la protección de los derechos humanos de los desplazados internos, en particular velando por que las personas con discapacidad tengan acceso, en igualdad de condiciones, a asistencia, protección y servicios de rehabilitación;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Governance & Rule of Law
- Movement
- Personas afectadas
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Las repercusiones negativas de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanos (2019), para. 40
- Paragraph text
- 7. Expresa también su gran preocupación porque, en algunos países, las condiciones socioeconómicas de los miembros de la familia, especialmente las mujeres y los niños, resultan perjudicadas por la aplicación de medidas coercitivas unilaterales, impuestas y mantenidas en contravención del derecho internacional y de la Carta, que crean obstáculos a las relaciones comerciales entre los Estados, restringen la circulación en los diversos medios de transporte, impiden el pleno desarrollo social y económico y menoscaban el bienestar de la población de los países afectados, con consecuencias especialmente negativas para las mujeres, los niños, incluidos los adolescentes, los ancianos y las personas con discapacidad;
- Temas
- Derechos económicos
- Igualdad & inclusión
- Moviemiento
- Personas afectadas
- Adolescentes
- Mujeres
- NNA
- Personas con discapacidad
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Inscripción de los nacimientos y derecho de todo ser humano al reconocimiento en todas partes de su personalidad jurídica (2017), para. 32
- Paragraph text
- 19. Solicita también al Alto Comisionado que, en consulta con los Estados, los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas, la sociedad civil y otras partes interesadas pertinentes, prepare un informe sobre las mejores prácticas y las medidas concretas para garantizar el acceso a la inscripción de los nacimientos, en particular de los niños que se encuentran en mayor situación de riesgo, marginados y en situaciones de conflicto, pobreza, emergencia y vulnerabilidad, incluidos los niños de los grupos minoritarios, los que tienen discapacidad, los niños indígenas y los hijos de migrantes, solicitantes de asilo, refugiados y apátridas, teniendo en cuenta el compromiso de alcanzar la meta 16.9 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y que presente dicho informe al Consejo de Derechos Humanos en su 39º período de sesiones;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Humanitarian
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Ethnic minorities
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Cooperación entre las Naciones Unidas y la Asociación de Naciones de Asia Sudoriental (2013), para. 21
- Document
- Paragraph text
- 12. Alienta a que las Naciones Unidas y la Asociación de Naciones de Asia Sudoriental cooperen en el ámbito de los derechos humanos, en particular por conducto de la Comisión Intergubernamental sobre los Derechos Humanos y la Comisión sobre la Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres y los Niños de esa Asociación, con miras a fortalecer la promoción y la protección de los derechos humanos, incluidos los derechos de las mujeres, los niños, las personas mayores y las personas con discapacidad, así como los derechos de los trabajadores migratorios, de conformidad con la legislación, los reglamentos y las políticas nacionales de los Estados miembros de esa Asociación y los principios enunciados en su Declaración sobre la protección y promoción de los derechos de los trabajadores migrantes;
- Temas
- Economic Rights
- Governance & Rule of Law
- Movement
- Personas afectadas
- Children
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo
Mandato del Relator Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos (2013), para. 12
- Paragraph text
- 6. Expresa especial preocupación ante los graves problemas a que se enfrentan numerosas mujeres y niños desplazados internos, entre otros violencia y abusos, explotación sexual y laboral, trata de personas, reclutamiento forzoso y secuestros, y señala la necesidad de prestar atención de forma más sistemática y exhaustiva a sus necesidades especiales de asistencia, protección y desarrollo, así como a las de otros grupos con necesidades especiales, como las personas de edad, las personas con discapacidad y las personas gravemente traumatizadas que se vean afectadas por desplazamientos internos, teniendo en cuenta las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos;
- Temas
- Equality & Inclusion
- Movement
- Violence
- Personas afectadas
- Children
- Older persons
- Persons on the move
- Persons with disabilities
- Women
- Fecha de adición
- 25 de feb. de 2020
Párrafo